viernes, 2 de marzo de 2012

Resolucion de que es alimento

FECHA
31 - Enero - 2011
TEMA
Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA)
SUBTEMA
Tasa aplicable
ANTECEDENTES:
Manifiesta la contribuyente tener por actividad el envasado de
productos destinados al consumo humano, siendo estos sustitutos de
azúcar base aspartame o sucralosa. Añade que de conformidad con el
análisis de laboratorio de la Cámara de la Industria Alimenticia, dichos
productos contienen de acuerdo a la información nutrimental, sodio,
carbohidratos, humedad, cenizas, azúcares, calcio y hierro. Considera
que el traslado del impuesto debe ser la tasa del 0%, de acuerdo con
el artículo 2-A, fracción I inciso b) de la Ley del Impuesto al Valor
Agregado, al ser productos destinados a la alimentación, y no
encontrase dentro de las excepciones del citado artículo. Asimismo,
soporta su razonamiento en el criterio normativo 91/2010/IVA, toda
vez que los productos que adquiere y enajena por sus propiedades
nutritivas, se ingieren por humanos para su alimentación, además de
no requerir ningún proceso de transformación o industrialización
adicional.
NÚMERO

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