viernes, 2 de marzo de 2012

DIARIO OFICIAL Miércoles 8 de febrero de 2012

(Primera Sección)
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL
Y ADMINISTRATIVA
ACUERDO por el que se deroga el inciso k), de la fracción III, del artículo 23, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- Sala Superior.
ACUERDO SS/2/2012
ACUERDO POR EL QUE SE DEROGA EL INCISO K), DE LA FRACCION III, DEL ARTICULO 23, DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, fracción II, 2 Bis, 14, fracciones III, XI, XII, XIV, penúltimo y último párrafos, 18, fracción II, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y 8 de su Reglamento Interior, y
CONSIDERANDO
Que por Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2011 y nota aclaratoria publicada en el mismo órgano de difusión el 16 de noviembre del mismo año, emitido por el Pleno de la Sala Superior en su integración de 13 magistrados, se creó la Sala Especializada en Resoluciones de Organos Reguladores de la Actividad del Estado, en aras de la especialización en las materias que conoce.
Que esta Sala Especializada se aboca al conocimiento de controversias suscitadas en contra de resoluciones de los siguientes Organos Reguladores de la Actividad del Estado: la Comisión Federal de Competencia, la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, la Comisión Federal de Telecomunicaciones, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, la Comisión Nacional de Facilitación del Transporte Aéreo Internacional, la Comisión Nacional de Hidrocarburos, la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, la Comisión Nacional del Agua, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros y la Comisión Reguladora de Energía.
Que en cuanto a las resoluciones emitidas por la Comisión Nacional del Agua, se ha conocido que en un gran porcentaje de los juicios en los que se impugnan resoluciones emitidas por dicha Comisión, los actores son comunidades o miembros de ejidos a quienes les resultaría oneroso llevar sus litigios en la Ciudad de México, sede de la Sala Especializada.
Que en los asuntos en los que la autoridad demandada es la Comisión Nacional del Agua es frecuente que el desahogo de las probanzas ofrecidas sea en las localidades cercanas a las Salas Regionales, quienes son las encargadas de hacerlo.
Que por las razones antes referidas y en beneficio de la impartición de justicia pronta y expedita, se advierte la conveniencia de que los juicios en los que se controviertan resoluciones emitidas por la Comisión Nacional del Agua sean resueltos por la Sala Regional que corresponda en términos del artículo 34 de la Ley Orgánica que rige la actuación de este Tribunal.
En tal virtud, el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en su integración de trece Magistrados, emite el siguiente Acuerdo:
ACUERDO
PRIMERO.- Se deroga el inciso k), de la fracción III, del artículo 23 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, para quedar como sigue:
“Artículo 23.- …
I. a III. …
a) a j) …
Miércoles 8 de febrero de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
k) Se deroga
l) a n)…”
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Los juicios que hayan sido remitidos por las Salas Regionales a la Sala Especializada en Resoluciones de Organos Reguladores de la Actividad del Estado, en los que se controviertan resoluciones emitidas por la Comisión Nacional del Agua a la entrada en vigor del presente Acuerdo, serán devueltos a la sala de origen para que ésta continúe su atención.
TERCERO.- Los juicios promovidos en contra de resoluciones emitidas por la Comisión Nacional del Agua que hayan sido presentados en la Ciudad de México, sede de la Sala Especializada en Resoluciones de Organos Reguladores de la Actividad del Estado, hasta la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, se tramitarán hasta su conclusión en dicha Sala Especializada.
CUARTO.- Para todo lo no previsto en el presente Acuerdo se estará a lo que resuelva el órgano competente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Así lo acordó, por unanimidad de doce votos, la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión del día primero de febrero de dos mil doce.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.- Firman el Magistrado Juan Manuel Jiménez Illescas, Presidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y la Licenciada Thelma Semíramis Calva García, Secretaria General de Acuerdos, quien da fe.- Rúbricas.
(R.- 341247

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